El en día de hoy, se ha publicado en el BOE la convocatoria de ayudas del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, gestionadas por RED.ES, para el desarrollo tecnológico basado en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales con el formato de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de proyectos de desarrollo de la oferta tecnológica basada en inteligencia artificial y otras tecnologías habilitadoras digitales.
Proyectos financiables
*Inteligencia artificial: machine learning; deep learning; neural networks.
*Desarrollo de soluciones, aplicaciones o servicios que mejoren la eficiencia de los servicios sanitarios.
*Internet de las Cosas (IoT).
*Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información (Open/Linked/Big Data).
*Computación de alto rendimiento (high performance computing).
*Computación en la nube.
*Procesamiento de lenguaje natural.
*Ciberseguridad, biometría e identidad digital.
*Blockchain (Cadena de Bloques).
*Robótica.
*Realidad virtual y aumentada, efectos especiales y simulación.
*Micro/nanoelectrónica.
*Impresión 3D y fabricación aditiva.
Dichos proyectos, podrán incluir la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados.
Los proyectos subvencionables deberán desarrollarse prioritariamente en un nivel de madurez tecnológica TRL 7 u 8.
Características de la ayuda
Subvenciones con las siguientes intensidades máximas:
Pequeñas empresas: 45%
Medianas empresas: 35%
Empresas no PYME: 25%
Financiación de un máximo de 3 proyectos por entidad solicitante.
Presupuesto mínimo: 150.000€
Presupuesto máximo: 3.000.000€
Beneficiarios
Empresas privadas con domicilio fiscal en España.
Plazo de presentación
Hasta el 30 de septiembre
Plazo de ejecución
Desde la presentación de la solicitud hasta 12 meses desde la Resolución de Concesión.
Pago de la ayuda
El pago de la ayuda se realizará de forma general a la finalización satisfactoria de la justificación económica pudiéndose solicitar un pago anticipado del 40% aportándose garantías por el cien por cien del importe correspondiente dicho pago.
Asimismo, se podrá obtener financiación de hasta el 100% del valor del importe de los proyectos, a través de las entidades financieras adheridas a las líneas de financiación suscritas entre Red.es y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) en el marco del convenio ICO-RED.ES ACELERA. Destacar que, en este convenio, se establece que el ICO no asume riesgo en las operaciones formalizadas con los clientes asumiéndolo la entidad financiera en su totalidad, pudiendo solicitar la entidad financiera las garantías que considere oportunas para aprobar la financiación.
Tipo de ayuda
Subvención
Dotación presupuestaria 35.000.000€
Conceptos subvencionables
Personal: trabajadores con contrato laboral con el beneficiario que cobren por nómina, gastos de los socios que trabajen en la entidad beneficiaria, costes de los trabajadores autónomos económicamente dependientes. El coste hora máximo es de 50€.
Subcontrataciones: como máximo el 40%. En el caso de personal autónomo no económicamente dependiente los gastos deberán referirse a costes por hora, con un máximo de 50€.
Auditoría: con un máximo de 1,5% del presupuesto total subvencionable del proyecto.
Instrumental y material inventariable. En caso de que estos no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán financiables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto. Este concepto de gasto no podrá superar el 30% del coste del proyecto justificado.
Costes indirectos de hasta un 15% de los costes directos de personal.
Viabilidad económica y adecuación del proyecto o proyectos a la capacidad de la empresa:
Se evaluará la capacidad de la empresa desde el punto de vista económico-financiero para abordar el proyecto o los proyectos presentados. A los efectos de esta Convocatoria, se entenderá que una empresa tiene capacidad suficiente para abordar el proyecto o conjunto de proyectos subvencionables si al menos cumple con alguno de los tres criterios siguientes:
- El volumen anual de negocio de la empresa solicitante, referido al último ejercicio cerrado deberá ser igual o mayor que el 70% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos.
- Los fondos propios de la empresa solicitante en el último ejercicio cerrado deberán ser iguales o mayores que el 70% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos.
- El volumen de negocio medio de los tres últimos ejercicios cerrados deberá ser mayor o igual que el 100% del presupuesto total del proyecto o conjunto de proyectos.
En el caso de que un solicitante presente más de un proyecto a la Convocatoria la evaluación de este criterio se realizará de forma conjunta a todas las propuestas presentadas, descartando proyectos en función de la puntuación recibida para el resto de los criterios de valoración, comenzando con los de menor puntuación, hasta verificar o no el cumplimiento de alguno de los tres criterios anteriormente indicados.