Publicada la convocatoria de Línea de subvenciones para proyectos de inversiones productivas en Cataluña con una dotación de 23 millones de euros

Hoy se ha publicado en el DOGC la convocatoria de la línea de Subvenciones para proyectos de inversiones productivas en Cataluña. Esta línea de ayudas tiene como objetivo apoyar los proyectos de inversión productiva dentro del sector industrial manufacturero, enfocada en facilitar la adquisición de nuevos activos fijos productivos, como nueva maquinaria, nuevas plantas de producción, líneas de fabricación innovadoras con nuevos procesos productivos que a su vez conlleven el mantenimiento y/o incremento neto de los puestos de trabajo. En este sentido, los proyectos también deben cumplir con los criterios de digitalización de los procesos productivos, así como promover la sostenibilidad y la eficiencia en el uso de los recursos durante el proceso de fabricación.

Características de la ayuda

  • Subvención en la modalidad de concurrencia competitiva por un máximo del 20% de la inversión elegible con un máximo de 500.000,00 euros.
  • Pago anticipado del 100% del importe otorgado, a partir de su concesión, para lo cual se exigen garantías del 50% del importe del anticipo.
  • El gasto mínimo, realizado y correctamente justificado, de la actividad objeto de la ayuda exigible para poder considerar cumplido el objeto y el fin de la subvención es de un 50% del importe subvencionable asumido por la beneficiaria.
  • La inversión mínima de estos proyectos de inversión será de 100.000 euros para las PYMEs y de 1.000.000 euros para las grandes empresas.
  • El plazo de ejecución será de 18 meses posteriores a partir de la publicación de la convocatoria.
  • El plazo de resolución será de 6 meses a partir de la publicación de la convocatoria.
  • Estas subvenciones son incompatibles con cualquier otro apoyo a fondo perdido otorgado con fondos propios por el Departamento competente en materia de Industria a la persona solicitante para la realización de la misma acción, conceptos subvencionables o proyecto de inversión.

Beneficiarios
Empresas industriales con código de Clasificación Catalana de Actividades Económicas (CCAE*) 10 y 11 y del 13 al 32 ambos incluidos que tengan sede operativa en Cataluña, o bien que sean de nueva implantación en Cataluña.
(*Este código de actividad deberá estar en los estatutos de la empresa beneficiaria con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria, o en el momento de su constitución si se trata de nueva implantación.)

Requisitos

  • Disponer de certificado de firma electrónica de empresa o certificado de persona física del representante de la empresa.
  • La empresa solicitante y el proyecto subvencionado deben tener un Código CCAE 10, 11 o del 13 al 32.
  • Tener sede operativa o ser de nueva implantación en Cataluña.
  • Tener el financiamiento cerrado del proyecto al menos en un 50% ya sea con recursos propios.
  • Empresas legalmente constituidas e inscritas en el RM.
  • Para subvención superior a 30.000€ se deberá acreditar el cumplimiento de pago de la ley de morosidad.
  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Dar empleo al menos a un 2% de personas trabajadoras con discapacidades para las empresas con un número de trabajadores de 50 o más.
  • No haber superado la cantidad máxima de 300.000 euros de ayudas de Minimis que puede recibir una empresa en el período de 3 años.

Intensidad de la ayuda
El importe de la subvención será de hasta un máximo del 20% de la inversión elegible con un máximo de 500.000,00 euros.

Gastos Subvencionables
a) Maquinaria de los procesos productivos o componentes que formen parte directamente de una línea de producción. (Deberá representar un mínimo del 60% de todo el proyecto para que el proyecto sea subvencionable.)
b) Ingeniería del proceso productivo directamente asociada a las inversiones del punto a). Será necesario que esta asociación a las inversiones quede expresamente documentada en la memoria.
c) Software asociado a las inversiones productivas realizadas en el punto a). No se subvencionará software aislado de maquinaria o proceso productivo que no sea objeto del proyecto subvencionado.
d) Instalaciones necesarias y obra civil para la puesta en marcha de la maquinaria o para la mejora o nuevo proceso productivo de las inversiones incluidas en el punto a), hasta un máximo del 20% del importe de la base.

Plazo
Inicio: 20 de marzo de 2024
Finalización: 18 de abril de 2024, a las 14 horas.