Abierta la convocatoria NEOTEC 2023 con una dotación presupuestaria de 40 millones de euros

Hoy se ha publicado en el BOE la convocatoria de ayudas NEOTEC 2023 del CDTI para financiar nuevos proyectos empresariales de empresas de base tecnológica de reciente constitución (menos de 3 años y mínimo 6 meses de vida) abriéndose el plazo de presentación de solicitudes des del día 28 de febrero hasta el próximo 20 de abril a las 12h.

Las ayudas están destinadas a financiar la ejecución del plan de la empresa 2023 o 2023-24 con una ayuda de hasta 250.000euros permitiendo cubrir hasta el 70% del plan, pudiéndose alcanzar los 325.000euros y el 85% respectivamente, en el caso que el plan incluya la incorporación de al menos un doctor con contrato laboral.

Como novedad en esta anualidad, se integra en la misma convocatoria NEOTEC, las ayudas destinadas a empresas de base tecnológica lideradas por mujeres, destinándose directamente 5 millones de la dotación presupuestaria.

Características de la convocatoria NEOTEC 2023

Objetivo
Nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Las ayudas podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. Sin embargo, no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.

Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología ni las que, directa o indirectamente, ocasionen un perjuicio significativo al medio ambiente o tengan relación con combustibles fósiles (salvo las excepciones especificadas en la convocatoria).

Beneficiarios
Pequeñas empresas de base tecnológica que cumplan los siguientes requisitos:

  1. No deberán estar cotizadas en una bolsa de valores, excepto las plataformas de negociación alternativa.
  2. Deberán estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa y siendo ésta, al menos seis meses anteriores a la fecha de cierre de plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
  3. No deberán haber distribuido beneficios.
  4. No deberán haberse hecho cargo de la actividad de otra empresa, ni haber surgido de una operación de concentración, según la definición del artículo 7 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
  5. Deberán contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud. A estos efectos, la fecha de registro que se considerará será exclusivamente la fecha del asiento de inscripción registral.
  6. Deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de depósito de cuentas anuales, tanto individuales como consolidadas, en su caso, en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.

Ayuda
Ayuda en forma de subvención de hasta 250.000euros y el 70% del plan de empresa, pudiéndose ampliar hasta 325.000euros y el 85% en aquellos proyectos en los que se incorpore un doctor con un contrato laboral a jornada completa.

Dotación presupuestaria
40 millones de euros, de los cuales, 5 están destinados específicamente a aquellas empresas de base tecnológica lideradas por mujeres.

A los efectos de la presente convocatoria, se considera que una empresa está liderada por mujeres cuando cumpla los siguientes requisitos:

  1. El órgano de administración de la empresa deberá estar integrado mayoritariamente por mujeres, y
  2. Las mujeres deberán tener la mayoría del capital social de la empresa o una participación relevante en el proyecto objeto de la ayuda.

Forma cobro ayuda
Pago inicial del 60% hasta 150.000euros una vez resuelta favorablemente la propuesta (diciembre 2023) y el resto, una vez justificado el proyecto y validado por parte del CDTI (2º semestre 2025)

Duración proyecto
Proyectos con inicio en 2023 y finalización el 31 de diciembre de 2024

Convocatoria
Del 28 de febrero al 20 de abril del 2023 a las 12.00 horas del mediodía, hora peninsular.

Garantías
Sin garantías

Gastos financiables
a. Inversiones en equipos.
b. Gastos de personal. Se recogerán los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente. Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa, incluidas las nuevas contrataciones de doctores. El coste hora máximo financiable será de 40 €, incluyendo la seguridad social a cargo de la empresa.
c. Materiales.
d. Colaboraciones externas / asesoría.
e. Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y otros gastos derivados, así como gastos de promoción y difusión y gastos de formación: También serán subvencionables los gastos derivados del informe de auditor.