Se ha publicado en el BOE las bases reguladoras de las ayudas de metaverso y Web 3 así como la convocatoria 2022 del programa con un presupuesto de 3.8 millones de euros. La convocatoria pretende estrechar la brecha de género en el ámbito de las tecnologías emergentes relacionadas con el Metaverso y la Web 3, en cuanto a empleo y liderazgo. En este sentido, no podrán ser objeto de las ayudas aquellos proyectos que no contemplen la participación activa de mujeres en el equipo de trabajo destinado al proyecto por vínculo contractual laboral o de prestación de servicios en exclusiva por debajo del 25 % a lo largo de todo el plazo de ejecución del proyecto.
Además, se pretende la mejora de la competitividad empresarial, la creación de empleo neto y de calidad, favorecer la participación y digitalización de las pymes y la cohesión territorial o, mejorando la innovación relacionada, entre otros, mediante:
a) Impulso de proyectos, promovidos o con presencia significativa de mujeres, con el alcance establecido en el primer párrafo de este artículo y que implementen las tecnologías asociadas al Metaverso y la Web 3 como son los mundos virtuales y entornos inmersivos para su uso industrial, educativo, sanitario, de transformación social, el trabajo remoto y colaborativo y la sostenibilidad.
b) La integración de nuevas tecnologías en la producción audiovisual y de contenidos mediante la incorporación de nuevos usos de herramientas inmersivas de creación, el uso de la inteligencia artificial y el blockchain para la mejora y modernización de los procesos productivos.
Tipología de los proyectos y modalidad de las ayudas.
Las ayudas serán en modalidad de subvención, en régimen de concurrencia competitiva.
Tipología de proyectos:
– Actuaciones para el desarrollo funcional de su producto o solución tecnológica, orientadas a la mejora funcional, la seguridad, la estabilidad y la madurez de la solución tecnológica. En ningún caso se aceptará la mera prestación de servicios.
– Actuaciones de desarrollo encaminadas a la validación, certificación y puesta en marcha de prototipos en entornos representativos de condiciones reales de producción.
En las dos líneas de actuación, los proyectos tendrán (al menos) una de las siguientes finalidades:
– Prototipado o procesos innovadores de nuevas herramientas de producción audiovisual y de contenidos digitales
– Prototipos o procesos innovadores que hagan uso de las tecnologías asociadas al Metaverso y Web 3 para la transformación social y la integración de colectivos desfavorecidos, especialmente en lo referente a la brecha de género
– Creación de nuevos espacios de trabajo y colaboración virtuales.
– Prototipos o procesos innovadores que implementen las tecnologías asociadas al Metaverso en entornos culturales, sanitarios o educativos
Beneficiarios
Podrán beneficiarse las ayudas los profesionales inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, las pequeñas y medianas empresas y las microempresas que sean de nacionalidad española o de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y tengan residencia fiscal en España.
Los beneficiarios deberán acreditar la solvencia económica y financiera, así como la solvencia técnica o profesional.
Presupuesto mínimo y máximo
El presupuesto mínimo del proyecto será de 150.000€ y el máximo de 1.000.000€.
Financiación
Desarrollo Experimental
Pequeñas empresas 45%
Medianas empresas 35%
Innovación en procesos
Pequeñas empresas 50%
Medianas empresas 50%
Pago y Garantías
Realización de un pago anticipado del 100 % del total de la ayuda concedida una vez dictada la resolución con el requerimiento de la constitución de garantías por el cien por cien del importe correspondiente a dicho pago.
Subcontrataciones
Los beneficiarios podrán subcontratar parte de la ejecución del proyecto. Esta subcontratación no podrá superar el cincuenta por ciento (50 %) del importe del proyecto subvencionable.
Cuando el importe de la ayuda sea superior a 60.000 euros y la subcontratación exceda del veinte por ciento (20 %) del importe de dicha ayuda, deberá celebrarse un contrato por escrito entre las partes y su celebración deberá ser autorizada previamente por Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales.
Plazo de Solicitud
Desde el 4 de agosto hasta el 31 de agosto a las 13:00 horas.