Descripción del proyecto

LIC-A  Línea directa de expansión

OBJETIVOS

Los proyectos de innovación tecnológica son proyectos individuales, realizados por empresas con carácter aplicado, muy cercanos al mercado y con riesgo tecnológico medio/bajo, con facilidad de alcance de los objetivos previstos tanto técnicos como comerciales y con cortos periodos de recuperación de la inversión, que apoyen a la empresa en la mejora de su competitividad mediante la incorporación de tecnologías emergentes. Esta tipología de ayuda tiene como objetivo potenciar la innovación en determinadas regiones españolas más desfavorecidas y/o que atraviesan especiales dificultades económicas, a través de la mejora de capacidades de empresas que propongan proyectos de inversión tecnológicamente innovadores que faciliten su crecimiento.

BENEFICIARIOS

Empresas españolas que desarrollen un proyecto de inversión en las regiones de Andalucía, Aragón (se excluye Zaragoza capital), Asturias, Islas Baleares, Islas Canarias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Cataluña (parcialmente), Ciudad Autónoma de Ceuta, Ciudad Autónoma de Melilla, Comunidad de Madrid (parcialmente), Comunidad Valenciana, Extremadura, Galicia, Región de Murcia, Navarra (parcialmente), La Rioja y País Vasco (parcialmente).

En las siguientes zonas, sólo podrán ser beneficiarias las PYMES: Aragón (se excluye Zaragoza capital), Asturias, Islas Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña (parcialmente), Comunidad de Madrid (parcialmente), Comunidad Valenciana, Galicia, Navarra (parcialmente), La Rioja y País Vasco (parcialmente). Por tanto, no se concederán ayudas a grandes empresas en estas zonas.

Consultar Mapa de Ayudas Regionales para España 2024-2027

TIPOLOGIA DE PROYECTOS

Proyectos de inversión innovadores.

CONVOCATORIA

Abierta todo el año.

MODALIDAD DE AYUDA

Ayuda parcialmente reembolsable hasta el 75 % del presupuesto total aprobado.

FORMA COBRO AYUDA

Anticipo del 50 % (sin garantías) o 75 % (con garantías) de la ayuda concedida.

CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA

  • Ayuda parcialmente reembolsable hasta el 75 % del presupuesto total aprobado.
  • La ayuda se compone de un tramo reembolsable (TR) y de un tramo no reembolsable (TNR)
  • El TNR siempre se calcula a partir del 75 % del presupuesto total y su porcentaje varía según el origen de fondos:
    • 10 % en proyectos financiados exclusivamente con fondos CDTI.
    • 15% – 25% en proyectos cofinanciados con FEDER.
  • El plazo de amortización del TR es de 9 años, con 1 año de carencia, y un tipo de interés fijo a Euribor a 1 año + 0.75 %.
  • Esta ayuda no será compatible con ninguna otra ayuda pública directa o indirecta, que tenga por objeto la financiación del mismo proyecto.

PRESUPUESTO MÍNIMO Y MÁXIMO FINANCIABLE

Mínimo 175.000 euros y máximo 30.000.000€

DURACIÓN DEL PROYECTO

Entre 9 y 24 meses con un solo hito

GASTOS FINANCIABLES

  • La adquisición de activos fijos nuevos que supongan una innovación y mejora de capacidades en la empresa titular que realiza el proyecto.
  • Costes de inversión de activos materiales: activos consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos.
  • Costes de inversión de activos inmateriales: activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual o industrial.
  • En el caso de las grandes empresas, los costes de los activos inmateriales únicamente serán financiables hasta un límite del 50 % del total de los costes de inversión elegibles del proyecto para la inversión inicial.

FONDOS DE FINANCIACIÓN

CDTI o cofinanciados con FEDER.

GARANTÍAS

Para el anticipo del 50 % de la ayuda, no será necesaria la presentación de garantías. En caso de querer incrementar el anticipo hasta el 75 %, será necesario presentar avales.
El CDTI podrá requerir la constitución de garantías para la devolución de la ayuda cuando el análisis económico financiero de la empresa así lo requiera.