Abierta la convocatoria CIEN 2017

El CDTI anuncia el lanzamiento de la convocatoria CIEN para la anualidad 2017, con una dotación presupuestaria de 100 millones de euros, para financiar grandes proyectos de I+D empresariales con presupuestos de entre 5 y 20 millones de euros. El plazo de presentación de las solicitudes concluirá el próximo 4 de julio a las 12h.

Las principales novedades de la convocatoria del 2017 respecto a la convocatoria anterior son:

  • El presupuesto mínimo del proyecto se sitúa en 5 millones de euros (frente a los 7 millones del 2016).
  • El tramo no reembolsable se aumenta hasta el 33 % (30 % en el año anterior).
  • Se define explicitamente, que el presupuesto dedicado a actividades de investigación industrial deberán de ser superiores al 50 % del total.

Las características básicas del programa CIEN 2017 son:

Tipos de proyectos

Financiación de grandes proyectos de investigación industrial y de desarrollo experimental, desarrollados en colaboración efectiva por agrupaciones empresariales y orientados a la realización de una investigación planificada en áreas estratégicas de futuro y con potencial proyección internacional.

Beneficiarios

Consorcios empresariales, formados por un mínimo de 3 empresas y un máximo de 8 empresas, al menos dos de ellas autónomas, y al menos una de ellas tendrá la consideración de PYME.

En el proyecto deberá contar con la participación, en formato subcontratación, de Organismos de Investigación que deberán representar un mínimo del 15 % del presupuesto aprobado por el CDTI. Dentro de los Organismos de Investigación será necesario que como mínimo uno sea público.

Duración proyecto

La duración mínima será de 36 meses y la máxima de 48 meses. Los hitos del proyecto deberán tener una duración entre 9 y 18 meses.

Presupuesto del proyecto

El presupuesto mínimo financiable es de 5 millones de euros y el máximo de 20 millones de euros.

El presupuesto mínimo por entidad se fija en 350.000 euros. En el caso de empresas de tipo pequeña y micro empresa el presupuesto mínimo financiable por empresa será de 260.000 euros.

Modalidad ayuda

Los proyectos se financiarán mediante una Ayuda Parcialmente Reembolsable de hasta el 75 % del presupuesto financiable aprobado por el Consejo de Administración del CDTI y siempre que no se superen los límites de intensidad máxima de ayuda permitidos por la normativa comunitaria de ayudas de estado.

La ayuda se compone de un tramo reembolsable y de un tramo no reembolsable (TNR):

  • El tipo de interés aplicable al tramo reembolsable es Euribor a un año, fijado a la fecha de la aprobación de la ayuda por el Consejo de Administración del CDTI. Los intereses ordinarios del préstamo se devengarán semestralmente desde el momento de la disposición de la ayuda.
  • El TNR es de hasta el 33 % de la ayuda aprobada por el Consejo de Administración del CDTI.
  • Devolución de la ayuda: el tramo reembolsable se devolverá en un plazo de 10 años, contados a partir del centro de gravedad del proyecto, que se calcula en función de la duración y del importe de los hitos del proyecto. La primera amortización del principal se realizará 3 años después del centro de gravedad del proyecto y nunca antes de 2 años contados desde su fecha de finalización.

Pago

El pago de la ayuda se realizará certificación técnica y económica de cada hito del proyecto, pudiéndose acoger a los siguientes anticipos:

  • Anticipo del 25 % (máximo 200.000 euros). La empresa podrá optar a un anticipo del 25 % de la ayuda concedida con un límite de hasta 200.000 euros, sin garantías adicionales. Las cantidades superiores a 200.000 euros deberán avalarse por entidades financieras o sociedades de garantía recíproca con solvencia suficiente a juicio del CDTI.
  • Anticipos del 50 % o el 75 %:. La empresa podrá solicitar un anticipo del 50 % o el 75 % de la ayuda concedida, siempre que aporte avales de entidades financieras o sociedades de garantía recíproca con solvencia suficiente a juicio del CDTI, para garantizar el 25 % o el 50 % adicional del anticipo solicitado.

Cualquier desembolso de cantidad por parte del CDTI queda condicionado a la comprobación de las siguientes circunstancias:

  • Que el beneficiario se encuentra al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Que el beneficiario se encuentra al corriente de pago de sus obligaciones de reembolso de cualesquiera otras ayudas concedidas anteriormente por el CDTI o de cualesquiera otros préstamos o anticipos concedidos anteriormente con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
  • Que el beneficiario no está sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Dotación presupuestaria

100 millones de euros.

Plazo y forma presentación proyecto

Des de la fecha hasta el 4 de julio de 2017 a las 12 horas.