Abierta la Convocatoria 2024 de Subvenciones de la OEPM con una dotación de 6 millones de euros para Promover la solicitud de Patentes y Modelos de Utilidad en España e internacionalmente

La Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) ha abierto su convocatoria 2024 para otorgar subvenciones destinadas a incentivar la presentación de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en España. Este programa busca proporcionar apoyo a inventores y empresas para proteger sus innovaciones a través de registros de propiedad intelectual, tanto dentro del territorio nacional como en el ámbito internacional. Esta iniciativa representa una oportunidad estratégica para fortalecer la competitividad y asegurar los desarrollos innovadores en diversos sectores. El periodo de solicitud permanecerá abierto del 19 de abril hasta el 20 de mayo de 2024.

CARACTERÍSTICAS DE LA CONVOCATORIA

OBJETO
Subvenciones para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el para el año 2024.

La convocatoria consta de dos programas:
a) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:
Dirigido a estimular la protección internacional de la tecnología a través de patentes o de modelos de utilidad. El objetivo es mejorar la competitividad de las empresas que emprenden la búsqueda de mercados fuera de España, especialmente de las pequeñas y medianas empresas (PYME) y de las personas físicas.
Para ello, con objeto de ayudar a superar las principales barreras que el solicitante puede encontrar en la consecución de una patente europea, internacional o en oficinas nacionales extranjeras, dichas ayudas se concentran en subvencionar las actividades que presuponen unos costes por pago de tasa en los respectivos países, así como subvencionar la realización de la traducción al idioma del país en el que se realice la
extensión

b) Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas:
Dirigido a estimular la protección nacional de la tecnología a través de patentes o modelos de utilidad con el fin de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas, así como de las personas físicas, dichas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.

MODALIDAD DE LA AYUDA Y PAGO
Subvención en régimen de concurrencia competitiva, con un único pago una vez constatado el cumplimiento de los requisitos por parte de los beneficiarios.

BENEFICIARIOS
1. Programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:
Persona con residencia y domicilio fiscal en España que reúna alguno de los siguientes requisitos:
a) Que sea una persona física.
b) Que sea considerado PYME.
c) Que sea una gran empresa privada.
d) Que sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.

El solicitante debe haber realizado directamente o a través de un representante la solicitud de patente y/o modelo de utilidad en el extranjero de acuerdo con los requisitos expresados en la presente convocatoria.

2. Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles:
Persona con residencia y domicilio fiscal en España que reúna alguno de los siguientes requisitos:
a) Que sea una persona física.
b) Que sea considerado PYME.

El solicitante debe haber realizado directamente o a través de una representante alguna de las actividades contenidas en la convocatoria.

REQUISITOS
Las solicitudes deberán reunir al menos una de las características siguientes:
a) Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud de patente o modelo de utilidad presentada ante la OEPM, de acuerdo con el artículo 4 del Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial, de 20 de marzo de 1883.

b) Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud internacional PCT presentada ante la OEPM, en calidad de Oficina Receptora según el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes, o bien que se trate de dicha solicitud internacional PCT.

c) Que su derecho de prioridad unionista traiga causa de una solicitud de patente europea presentada en la OEPM, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Real Decreto 2424/1986, de 10 de octubre de 1986, de aplicación del CPE, o bien que se trate de dicha solicitud de patente europea presentada en la OEPM.

GASTOS SUBVENCIONABLES
Cada solicitud de subvención podrá incluir gastos correspondientes a una o varias de las solicitudes de patente mencionadas en los apartados anteriores.
1. Programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:
• Las actividades cuyo gasto se haya realizado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.

2. Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles:
• Las actividades que hayan sido publicado en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial» durante los años 2021, 2022 y 2023.

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES
Podrán ser subvencionadas las siguientes actividades:

1)Programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:
A) La extensión de una solicitud de patente o de un modelo de utilidad
Serán subvencionables los trámites siguientes:
1.º La solicitud de una patente o de un modelo de utilidad.
2.º La validación de una patente europea.
3.º La búsqueda de anterioridades en el estado de la técnica.
4.º El examen de la solicitud de patente.
5.º La concesión de la patente.
6.º La designación de países, el exceso del número de reivindicaciones y las anualidades ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).
7.º La traducción de las memorias completas de las solicitudes de patente o de modelos de utilidad con objeto de presentar la misma ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes.

B) Las actividades realizadas dentro del procedimiento internacional PCT
Serán subvencionables los siguientes trámites:
1.º La solicitud internacional PCT cuando la OEPM haya actuado en calidad de Oficina Receptora.
2.º La búsqueda internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Búsqueda Internacional.
3.º El examen preliminar internacional cuando la OEPM haya actuado en calidad de Administración de Examen Preliminar Internacional.

En ningún caso serán objeto de subvención las validaciones de patentes europeas en España o las entradas en fase nacional en España de solicitudes internacionales PCT, ni las traducciones al castellano. Sólo se subvencionará una traducción por idioma y solicitud prioritaria.

2)Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles:
Podrán ser subvencionadas las siguientes actividades:
a) La solicitud de un modelo de utilidad español.
b) La realización del informe sobre el estado de la técnica (IET) para los modelos de utilidad.
c) La solicitud de una patente española.
d) La realización del informe sobre el estado de la técnica (IET) para las solicitudes de patentes españolas.
e) La realización del examen sustantivo para las solicitudes de patentes españolas.

INTENSIDAD DE LA AYUDA

1. Programa para el fomento de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:
• No podrá superar la cuantía de 5.842.620,00 euros en esta convocatoria.
• Se asignarán unas cuantías de referencia en función del país o grupo de países en que haya tenido lugar la actividad subvencionable y que se indican en el anexo I de la convocatoria.
• La subvención no podrá superar el 80% de los importes señalados; en caso de que el solicitante sea considerado PYME o persona física, la subvención no podrá superar el 90% de dichos importes.

2. Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles:
• No podrá superar la cuantía de 330.730,00 euros en esta convocatoria.
• A las actividades señaladas se les asignarán unas cuantías de referencia que se indican en el anexo II de la convocatoria.
• La subvención no podrá superar el 90% de los importes señalados.

CONVOCATORIA
Inicio: 19 de abril de 2024
Finalización: 20 de mayo de 2024

PRESUPUESTO
6.173.350 euros

COMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS
Estas ayudas son compatibles con otras subvenciones, ayudas o ingresos procedentes de cualquiera de las Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. La suma de las ayudas o subvenciones otorgadas a los beneficiarios, en el marco de la presente orden, en ningún caso podrá ser superior al coste de las actividades subvencionadas.

En ningún caso las subvenciones podrán superar el importe máximo total de las ayudas «de mínimis», establecido en 300.000 euros durante un período de tres ejercicios fiscales para una misma empresa, ni individualmente, ni como resultado de la participación en agrupaciones sin personalidad.