Descripción del proyecto
OBJETIVOS
La ejecución de proyectos y actuaciones que contribuyan de forma sustancial a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del sector textil, de la moda y confección y del calzado, con el fin de mejorar la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular.
BENEFICIARIOS
Empresas, entidades de economía social y agrupaciones de estas.
ACTUACIONES
Serán subvencionables las actuaciones que, en los sectores del textil y la moda, reduzcan el consumo de materias primas vírgenes, reduzcan la generación de residuos y/o mejoren la gestión de residuos, contribuyendo de forma sustancial a la transición hacia una economía circular en una de las siguientes categorías:
a) Investigación y desarrollo
b) Digitalización para innovar en materia de procesos y organización
c) Incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria receptora de la ayuda
d) Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros
CONVOCATORIA
Inicio: 10 de abril de 2024
Finalización: 10 de junio de 2024
MODALIDAD DE AYUDA
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva
FORMA COBRO AYUDA
Podrá realizarse en un único pago o de forma fraccionada.
CATEGORIAS DE PRODUCTOS
Productos textiles, calzado y complementos:
50-Seda
51-Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin
52-Algodón
53-Las demás fibras textiles vegetales; hilados de papel y tejidos de hilados de papel
54-Filamentos sintéticos o artificiales; tiras y formas similares de materia textil sintética o artificial
55-Fibras sintéticas o artificiales discontinuas
56-Guata, fieltro y tela sin tejer; hilados especiales; cordeles, cuerdas y cordajes; artículos de cordelería
57-Alfombras y demás revestimientos para el suelo, de materia textil
58-Tejidos especiales; superficies textiles con mechón insertado; encajes; tapicería; pasamanería; bordados
59-Telas impregnadas, recubiertas, revestidas o estratificadas; artículos técnicos de materia textil
60-Tejidos de punto
61-Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de punto
62-Prendas y complementos (accesorios) de vestir, excepto los de punto
6301-Mantas (excepto 6301 10 00)
6302-Ropa de cama, de mesa, de tocador o de cocina
6303-Visillos y cortinas; guardamalletas y rodapiés de cama
6304-Los demás artículos de tapicería (excepto los de la partida 9404)
6309-Artículos de prendería
6504-Sombreros y demás tocados, trenzados o fabricados por unión de tiras de cualquier materia, incluso guarnecidos
6505-Sombreros y demás tocados, de punto o confeccionados con encaje, fieltro u otro producto textil en pieza (pero no en tiras), incluso guarnecidos; redecillas para el cabello, de cualquier materia, incluso guarnecidas
4203-Prendas y complementos (accesorios) de vestir, de cuero natural o regenerado (exc. calzado y artículos de sombrerería y sus partes, así como los artículos del Capítulo 95, por ejemplo, espinilleras, máscaras de esgrima)
6401-Calzado impermeable con suela y parte superior de caucho o plástico, cuya parte superior no se haya unido a la suela por costura o por medio de remaches, clavos, tornillos, espigas o dispositivos similares, ni se haya formado con diferentes partes unidas de la misma manera
6402-Los demás calzados con suela y parte superior de caucho o plástico
6403-Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural
6404-Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de materia textil
6405-Los demás calzados
CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA
Intensidades de la ayuda
Varían según la naturaleza de la actuación, abarcando desde el 15% al 60% de los costes subvencionables:
a) Investigación y desarrollo
- 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
- 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
- 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.
b) Digitalización para innovar en materia de procesos y organización
- 50 % de los costes subvencionables en el caso de microempresas y pequeñas y medianas empresas.
- 15 % de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas
c) Incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria receptora de la ayuda.
- 60 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.
- 50 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.
- 40 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.
d) Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros.
- 55 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.
- 45 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.
- 35 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.
AYUDA
Una cuantía máxima de 10.000.000 de euros por proyecto y entidad, y un importe mínimo de 100.000 euros, excepto los estudios de viabilidad y digitalización teniendo estos una cuantía máxima de 5.000.000 de euros.
DURACIÓN DEL PROYECTO
Los proyectos no podrán finalizar más tarde de 30 de junio de 2027
GASTOS FINANCIABLES
a) Para las actuaciones de Investigación y desarrollo:
Costes de personal que tengan la consideración de investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, que estén dedicados en exclusividad al proyecto.
Costes del instrumental y material.
Los costes de edificios y terrenos.
Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes.
Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los de material, suministros y productos similares.
En los estudios de viabilidad serán subvencionables los costes del estudio.
b) Para las actuaciones de Digitalización para innovar en materia de procesos y organización:
Los costes de personal.
Los costes de instrumental, equipamientos y edificios.
Los costes de investigación contractual, conocimientos y patentes.
Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares.
c) Para las actuaciones de Incremento del nivel de protección medioambiental de la entidad beneficiaria receptora de la ayuda:
Los costes de inversión adicionales, necesarios para ir más allá de las normas de la Unión Europea aplicables o para incrementar el nivel de protección medioambiental en ausencia de normas de la Unión Europea.
d) Para las actuaciones de Mejora de la gestión de residuos procedentes de terceros:
Los costes de inversión suplementarios necesarios para realizar una inversión que mejore la calidad o eficiencia de las actividades de reutilización de materiales, reciclado y valorización, con respecto a un proceso convencional de dichas actividades con la misma capacidad que se construiría en ausencia de la ayuda.
DOTACIÓN PRESUPUESTARIA
97.500.000,00 euros
GARANTÍAS
Posibilidad de solicitar anticipo de hasta un 80% de la subvención concedida con constitución de garantías por el valor de la cantidad anticipada.