Inminente apertura de la convocatoria PERTE Economía Circular Textil con subvenciones destinadas a impulsar la economía circular en el sector textil, moda, confección y calzado

Está previsto que en breve el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) lance la convocatoria de subvenciones para promover la economía circular en el sector textil, moda, confección y calzado, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El propósito de esta convocatoria es la mejora de la circularidad y la sostenibilidad del sector, mediante la incorporación de materias primas con bajo impacto, inversión en infraestructuras y tecnologías de reutilización y reciclaje, y/o la mejora de la trazabilidad de productos y materiales.

A la espera de la publicación oficial de la convocatoria, según el borrador publicado hasta el momento, se estima una asignación de 75.000.000 de euros en régimen de concurrencia competitiva. Esta ayuda tiene como finalidad potenciar la competitividad e innovación del tejido industrial en el marco de una economía circular para la ejecución de proyectos y actuaciones que contribuyan de forma sustancial a mejorar la sostenibilidad y circularidad de los procesos industriales y empresariales del sector.

Las subvenciones respaldadas por esta convocatoria para el año 2023 se insertan en la línea de Acción 1 del Plan Estratégico para la Recuperación, Transformación y Resiliencia en Economía Circular, centrándose en actuaciones dirigidas a sectores clave como el textil y la moda, así como el plástico y los bienes de equipo para energías renovables.

A continuación, las principales características de la convocatoria:

Beneficiarios
Empresas, entidades de economía social y agrupaciones de estas.

Actuaciones subvencionables
Serán subvencionables las actuaciones que pertenezcan a las siguientes categorías de actuación, cada una de ellas con una asignación presupuestaria:
a) Reducción del consumo de materias primas vírgenes, con 13 M€
b) Ecodiseño y comercialización de productos con enfoque ecológico, con 13M€
c) Mejora de la gestión de residuos, con 40M€
d) Transformación digital de procesos, con 9M€

Las categorías de productos y residuos pre/post-consumo aceptados en la convocatoria incluyen hilos, textiles compuestos, calzado, peletería y confección en piel, mientras que se excluyen productos relacionados con colchones y residuos textiles de uso sanitario.

Gastos Financiables
A falta de la publicación oficial de la convocatoria, en la Orden provisional se detallan algunas inversiones que serán financiables dentro del PERTE de economía circular. Entre ellas destacan:
• Inversión en software, equipos y apartados que tengan relación directa con la actividad subvencionada.
• El 100% del coste de contratación de trabajadores que se dedican única y exclusivamente a la función que ha sido objeto de subvención.
• Alquiler de instalaciones o material.
• La contratación de servicios externos necesarios para la ejecución del proyecto, y que la empresa no pueda realizar por sí misma. Tendrán que presentar la factura correspondiente, acreditando el servicio contratado y el gasto asociado.
• Compra de patentes o licencias.
• Acciones para la comunicación del proyecto (máximo 5% de la ayuda concedida con un límite de 25.000€).

No serán financiables:
• Costes que de la actividad habitual de la empresa.
• La adquisición de otras empresas o la creación de las mismas para la actividad.
• Compra de materias primas secundarias.
• La adquisición de terrenos, ampliación de naves o adquisición o construcción de oficinas

Dotación de la convocatoria
Se prevé una asignación de 75.000.000€ en forma de subvenciones.

Límite de las subvenciones
Una cuantía máxima de 10.000.000 de euros por proyecto y entidad, y un importe mínimo de 100.000 euros, excepto los estudios de viabilidad y digitalización teniendo estos una cuantía máxima de 5.000.000 de euros.

Intensidades de la ayuda
Varían según la naturaleza de la actuación, abarcando desde el 35% al 60% de los costes subvencionables:

a) Para actuaciones que reutilicen materiales, reciclen y valoricen residuos generados por entidades diferentes de la beneficiaria
1º) Del 55 % de los costes subvencionables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.
2º) Del 45 % de los costes subvencionables en el caso de medianas empresas.
3º) Del 35 % de los costes subvencionables en el caso de empresas no PYME.

b) Para el resto de las actuaciones para la protección del medio ambiente que recaigan sobre materiales o residuos generados por las propias entidades beneficiarias
1º) Del 60 % de los costes financiables en el caso de pequeñas empresas y microempresas.
2º) Del 50 % de los costes financiables en el caso de medianas empresas.
3º) Del 40 % de los costes financiables en el caso de empresas no PYME.

c)Para los proyectos de investigación y desarrollo.
1º) Del 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
2º) Del 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
3º) Del 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.

d) Para las actuaciones relativas a la transformación digital.
1º) Del 50 % de los costes subvencionables en el caso de microempresas y PYME.
2º) Del 15 % de los costes subvencionables si se trata de grandes empresas (empresas no PYME).
*En el caso de agrupaciones de empresas, la intensidad máxima de la ayuda vendrá determinada por la intensidad máxima que corresponda a cada uno de sus integrantes.

Plazo de ejecución
Hasta el 31 de diciembre de 2025