Descripción del proyecto

PROYECTOS DE COLABORACIÓN PÚBLICO-PRIVADA 2023

OBJETIVOS

El objetivo de la convocatoria es el apoyo a proyectos de desarrollo experimental en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios. Con estos proyectos se pretende avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnologías, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule, de acuerdo con las prioridades establecidas en el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023 (PEICTI 2021-23).La convocatoria da continuidad al programa RETOS DE COLABORACIÓN del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020

BENEFICIARIOS

Consorcios empresariales (empresas y asociaciones empresariales sectoriales) y Organismos de Investigación (centros tecnológicos, centros apoyo innovación, universidades, organismos investigación, entidades privadas sin ánimo de lucro o institutos de investigación sanitaria).

El líder del consorcio debe ser obligatoriamente una empresa.

En el consorcio debe intervenir un mínimo de dos entidades, siendo obligado un Organismo de Investigación público o privado y una empresa. Cada participante debe tener un mínimo del 10% del presupuesto total y la parte empresarial (empresas, agrupaciones y asociaciones) debe ser como mínimo del 51% con un máximo del 70% para una entidad individual.

TIPOLOGIA DE PROYECTOS

Proyectos de desarrollo experimental (TRL 5-6) en cooperación entre empresas y organismos de investigación, de alguna de las prioridades temáticas incluidas en el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-23:

•Salud
•Cultura, Creatividad y sociedad inclusiva
•Seguridad Civil para la sociedad
•Mundo digital, industria, espacio y defensa
•Clima, Energía y movilidad
•Alimentación, bioeconomía, recursos naturales y medioambiente

CONVOCATORIA

Inicio: 30 de enero de 2024
Finalización: 20 de febrero de 2024, a las 14h

MODALIDAD DE AYUDA

• Para empresas préstamo hasta el 95% del presupuesto a 10 años, incluidos 3 de carencia, con un interés fijo del 4,015%. Complementariamente se ayuda en forma de subvención la contratación de Doctores en el marco del proyecto, con una retribución mínima bruta de 28.000€ anuales y con una intensidad del 60% para pequeñas empresas, 50% para medianas y 40% per grandes empresas.

• Para empresas públicas subvención con una intensidad máxima del 40%
• Para Organismos de I+D+i públicos subvención y/o anticipo FEDER de hasta el 100% del presupuesto fondo perdido a costes marginales.
• Para Organismos de I+D+i privados hasta el 100% del presupuesto en forma de subvención y/o anticipo FEDER a costes totales.

FORMA COBRO AYUDA

Tanto el préstamo, como el anticipo reembolsable, FEDER, se realizará con cargo a presupuestos de 2024 y serán abonados anticipadamente después de dictarse la resolución de concesión estimatoria.
La subvención, será abonada según sigue: 50% de forma anticipada en el momento de la resolución, el 37,5% durante la anualidad 2025 y el resto en 2026.

PRESUPUESTO MÍNIMO Y MÁXIMO

Mínimo 400.000 euros y máximo 15.000.000 euros por entidad participante

DURACIÓN DEL PROYECTO

Los proyectos deberán iniciarse en 2024, con un plazo de duración de 36 meses. (un único hito de ejecución)

GASTOS FINANCIABLES

Personal: Propio o de nueva contratación con cotización a la SS y un máximo de 50€/h. Sociedades cooperativas y socios accionistas, pero no serán subvencionables los autónomos.
Aparatos y equipos: Adquisición solo para OI, y la amortización de nuevos y usados.
Materiales: Aquellos directamente relacionados con el proyecto, no pudiéndose financiar el material de oficina ni los consumibles informáticos.
Informe Auditor: Máximo de 2.500€ por beneficiario.
Viajes: los gastos estrictamente necesarios para la ejecución y/o coordinación del proyecto.
Consultoría: Solo para el coordinador con un máximo de 20.000€
Servicios centrales: Para organismos públicos de investigación, universidades públicas y otros organismos públicos de I+D, los costes de utilización de servicios centrales del organismo siempre y cuando tengan tarifas públicas calculadas conforme a su contabilidad de costes.
Subcontratación: Actividades objeto de la actuación subvencionada que no pueden ser realizadas por el beneficiario, no pudiendo contratar más del 50% del presupuesto presentado.
Patentes: Organismos de investigación. Empresas sólo gastos de solicitud para PYMES (no financiable para grandes empresas)
Asistencias técnicas: no serás subvencionables actividades susceptibles de ser objeto de subcontratación.
Costes indirectos: para organismos de investigación será el coste fijo de hasta el 25% de costes directos. Para empresas y asociaciones serán calculados como un porcentaje fijo del 20 % sobre los gastos directos del proyecto válidamente justificados.
Incorporación de Doctores a las Empresas: Nuevas contrataciones indefinidas de doctores dentro del plazo de ejecución del proyecto con retribuciones mínimas de 28.000€ brutos anuales.

No serán subvencionables los siguientes costes:
a) Dispositivos y licencias informáticas de uso genérico.
b) Los gastos de difusión de resultados.
c) Las asistencias a congresos o jornadas.
d) Gastos derivados de publicaciones.
e) Suscripciones a publicaciones o revistas científicas.
f) Estudios de mercado o de viabilidad.
g) Los costes de adquisición, mantenimiento o estudio de patentes.
h) Los gastos de solicitud de patentes generadas por el proyecto por parte de grandes empresas.

DOTACIÓN PRESUPUESTARIA

320 millones de euros
80M€ en forma de subvención, 60M€ como anticipo reembolsable del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y 180 M€ en forma de préstamo. Cabe destacar que la resolución de la convocatoria contempla la posibilidad de establecer un monto adicional máximo de hasta 40 millones de euros.

GARANTÍAS

Las entidades beneficiarias estarán exentas de la presentación de garantías salvo cuando su cuantía en préstamo sea superior a 2.000.000 de euros por proyecto. En estos casos las garantías se constituirán por el importe de la ayuda concedida.