Abierta la convocatoria 2022 del programa COLABORACIÓN PÚBLICO-PRIVADA

La Agencia Estatal de Investigación publicó el pasado 29 de diciembre la convocatoria de tramitación anticipada de ayudas a proyectos de Colaboración Público-Privada 2022 con un presupuesto de 260 Millones de €. El objetivo de la convocatoria es el apoyo a proyectos de desarrollo experimental en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

En esta nueva convocatoria cabe destacar la modificación de las características de la ayuda en forma de préstamo a las empresas que pasa del 0% de la última convocatoria al 2,892%, así como la forma de pago de la ayuda, que se anticipa en su totalidad en el caso del préstamo y en dos plazos en el caso de la subvención.

Características de la convocatoria Colaboración Público-Privada 2022
Beneficiarios
Consorcios empresariales (empresas y asociaciones empresariales sectoriales) y Organismos de Investigación (centros tecnológicos, centros apoyo innovación, universidades, organismos investigación, entidades privadas sin ánimo de lucro o institutos de investigación sanitaria).

El líder del consorcio debe ser obligatoriamente una empresa.

En el consorcio debe intervenir un mínimo de dos entidades, siendo obligado un Organismo de Investigación público o privado y una empresa. Cada participante debe tener un mínimo del 10% del presupuesto total y la parte empresarial (empresas, agrupaciones y asociaciones) debe ser como mínimo del 51% con un máximo del 70% para una entidad individual.

Dotación presupuestaria
260 millones de euros
(110M€ en forma de Subvención y 150M€ en Préstamos) distribuido tal y como se indica en la tabla, por lo que los proyectos aprobados recibirán el préstamo íntegramente en el 2023 y la subvención será recibida, en principio, el 72,73% el primer año y el resto en el 2025.

Forma cobro ayuda
La ayuda se paga año a año de forma proporcional al dinero disponible en la convocatoria para cada año. El pago de la ayuda se realiza directamente a cada uno de los participantes del consorcio.

Duración proyecto
Los proyectos deberán iniciarse en 2023, con un plazo de duración de 36 meses (un único hito de ejecución).

Presupuesto mínimo
400.000 euros

Convocatoria
Apertura: 13 de febrero de 2023
Cierre: 07 de marzo de 2023, a las 14h

Tipología de proyectos
Proyectos de desarrollo experimental (TRL 5-6) en cooperación entre empresas y organismos de investigación, de alguna de las prioridades temáticas incluidas en el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-23:
• Salud
• Cultura, Creatividad y sociedad inclusiva
• Seguridad Civil para la sociedad
• Mundo digital, industria, espacio y defensa
• Clima, Energía y movilidad
• Alimentación, bioeconomía, recursos naturales y medioambiente

Modalidad de ayuda e intensidad
• Para empresas préstamo hasta el 95% del presupuesto con un interés fijo según *Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, con un plazo de amortización de 10 años (3 años de carencia y 7 de devolución). (*Préstamo: Euribor a 29 de noviembre estaba situado en el 2,892%)
Adicionalmente se financiará en forma de subvención la contratación de Doctores en el marco del proyecto con una intensidad del 60% para pequeñas empresas, 50% para medianas y 40% per grandes empresas.
• Para empresas públicas subvención con una intensidad máxima del 40%
• Para Organismos de I+D+i públicos subvención hasta el 100% del presupuesto fondo perdido a costes marginales.
• Para Organismos de I+D+i privados hasta el 100% del presupuesto en forma de subvención a costes totales.

Ejecución y justificación del proyecto
Un único periodo de ejecución (sin anualidad) pudiéndose ejecutar la ayuda concedida a lo largo de la ejecución del proyecto.
Se justificará cada año los gastos incurridos, independientemente del calendario de pagos de la ayuda. La justificación técnica se realizará con un único informe científico-técnico al final del proyecto.

Las propuestas que no cumplan con el DNSH serán excluidas.

Garantías
Subvenciones sin garantías.

Cuando el préstamo total concedido a una empresa sea mayor o igual a 200.000 euros, el beneficiario estará obligado a presentar garantías por el 25% del préstamo concedido. Para proyectos en los que el préstamo global del proyecto sea superior al millón de euros todas las empresas deberán presentar garantías por el 25% de su préstamo independientemente del valor individual del mismo.

Gastos financiables
Personal: Propio o de nueva contratación con cotización a la SS y un máximo de 50€/h. Sociedades cooperativas, socios accionistas pero no serán subvencionables los Autonomos.

Aparatos y equipos: Adquisición solo para OI, y la amortización de nuevos y usados.

Materiales: Aquellos directamente relacionados con el proyecto, no pudiéndose financiar el material de oficina ni los consumibles informáticos.

Informe Auditor: Máximo de 2.500€ por beneficiario.

Viajes: los gastos necesarios para la ejecución y/o coordinación del proyecto.

Consultoría: Solo para el coordinador con un máximo de 20.000€

Servicios centrales: Para organismos públicos de investigación, universidades públicas y otros organismos públicos de I+D, los costes de utilización de servicios centrales del organismo siempre y cuando tengan tarifas públicas calculadas conforme a su contabilidad de costes.

Subcontratación: Actividades objeto de la actuación subvencionada que no pueden ser realizadas por el beneficiario, no pudiendo contratar más del 50% del presupuesto presentado.

Patentes: Organismos de investigación. Empresas sólo gastos de solicitud para PYMES (no financiable para grandes empresas)

Asistencias técnicas: no serás subvencionables actividades susceptibles de ser objeto de subcontratación.

Costes indirectos: para organismos de investigación será el coste fijo de hasta el 25% de costes directos. Para empresas y asociaciones serán calculados en función de la cuenta 62

Incorporación de Doctores a las Empresas: Nuevas contrataciones indefinidas de doctores dentro del plazo de ejecución del proyecto con retribuciones mínimas de 25.350€ brutos anuales sin perjuicio de los límites coste hora indicados anteriormente.