Abierta la convocatoria Neotec 2019

Hoy se ha publicado en el BOE la convocatoria de ayudas Neotec 2019 del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), para financiar nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras, abriéndose un plazo de presentación hasta el próximo 1 de julio.

Las principales diferencias respeto a la convocatoria 2018 son:

  • El beneficiario recibirá el pago anticipado del 60 % de la subvención concedida para la globalidad del proyecto tras dictarse la resolución definitiva, y el resto, una vez ejecutado el proyecto, mientras que en las anualidades anteriores, el pago anticipado solo era del 60 % de la ayuda concedida para el primer año de ejecución.
  • La valoración de la propuesta excluye esta anualidad la puntuación adicional (7 puntos sobre 100) para aquellas empresas que están alojadas en un centro reconocido de incubación de empresas o participación de la empresa en un programa de aceleradoras que se incluyó en la convocatoria de la anualidad 2018.
  • En la valoración de la propuesta, se fija un umbral superior a los criterios de novedad tecnológica de los proyectos, haciendo necesario que el proyecto tenga si cabe una novedad tecnológica superior a los requisitos solicitados en las anteriores convocatorias.

A continuación se detalla las características de la convocatoria:

Tipos de proyectos
Puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

Beneficiarios
Empresas innovadoras que tenga residencia fiscal o un establecimiento permanente en España y que puedan demostrar, mediante una evaluación realizada por un experto externo, que desarrollará en un futuro previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica en su sector y que lleven implícito un riesgo de fracaso tecnológico o industrial.

Que tengan unos costes de investigación y desarrollo que representen un mínimo del 10 % del total de sus costes de explotación durante al menos uno de los tres años previos a la concesión de la ayuda. Si se trata de una empresa nueva sin historial financiero, esta condición debe cumplirse en el ejercicio fiscal en curso.

Los beneficiarios deberán cumplir asimismo los siguientes requisitos:

  • Pequeña empresa: dentro de la categoría de las PYME, empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.
  • No estén cotizadas
  • Constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa. Asimismo, la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa deberá ser al menos seis meses anterior a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda.
  • No hayan distribuido beneficios
  • No hayan surgido de una operación societaria de las contempladas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles
  • Cuenten con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente mediante aportaciones dinerarias antes de la presentación de la solicitud
  • Tengan las cuentas anuales correspondientes a los 2 últimos ejercicios, depositadas en el Registro Mercantil.

Características de la Ayuda

  • Las ayudas de esta convocatoria consistirán en subvenciones.
  • La subvención financiará hasta el 70 % del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario.
  • La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.
  • Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales.
  • Las actuaciones subvencionables deberán iniciarse el 1 de enero de 2020, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2020, o bien el 31 de diciembre de 2021.

Pago
El beneficiario recibirá el pago anticipado del 60 % de la subvención concedida para la globalidad del proyecto tras dictarse la resolución definitiva, y el resto, una vez ejecutado el proyecto. El beneficiario no deberá constituir garantía alguna.

Plazos
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 1 de julio de 2019, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Dotación presupuestaria
25.000.000 euros.