El Consejo de Administración del CDTI aprueba la exención/minoración de garantías en las ayudas parcialmente reembolsables para pymes y midcaps

El pasado 18 de marzo, el Ministerio de Ciencia e Innovación anuncio el lanzamiento, a través del CDTI, de un conjunto de medidas extraordinarias para apoyar el mantenimiento de las actividades de alto valor añadido y la creación de capacidades para reactivar la economía en el ámbito de la innovación empresarial.

En base a este anuncio, el Consejo de Administración del CDTI aprobó en el comité de marzo, la exención/minoración de garantías en las ayudas parcialmente reembolsables para pymes y midcaps, siendo estas mediadas de aplicación sobre la mayoría de los instrumentos CDTI ya en funcionamiento, concretándose de la siguiente forma:

Tipología de proyectos incluidos: (Ayudas parcialmente reembolsables)
Proyectos de I+D en todas sus tipologías
Proyectos de I+D Transferencia Cervera
Proyectos FEMP en todas sus tipologías
Línea Directa de Innovación (LIC)
Línea Directa de Expansión (LICA)

Características de la exención de garantías:
Necesaria evaluación económico-financiera previa por parte del CDTI para la aplicación de la exención de garantías. En caso de empresas con una cualificación baja, podrán acceder excepcionalmente a una minoración parcial de las garantías con la aportación del suficiente colateral.

La exención se aplicará sobre el total de la ayuda concedida y en los casos de los proyectos I+D Transferencia Cervera y de cooperación tecnológica internacional sobre el tramo reembolsable.

Las empresas que opten a esta exención de garantías deberán cumplir una de las siguientes condiciones:

•Que habiendo tenido vencimientos previos con el CDTI, no haya tenido situaciones de mora en amortizaciones de otras ayudas con tramo reembolsable de CDTI en los tres últimos años, ni incumplimientos históricos en más de un tercio de los proyectos.
•Disponga de ventas recurrentes u otra fuente de ingresos semejante si no ha realizado amortizaciones en los dos últimos años.

Límites:
Los límites de exención de garantías computarán a nivel de empresa o grupo empresarial, en su caso.

Límites Generales COVID-REACTIVACIÓN (todos los proyectos)
Tamaño empresa  y límite de la exención:
Pequeña empresa – Hasta 500.000 euros
Mediana empresa – Hasta 1.000.000 euros
MIDCAP  – Hasta 3.000.000 euros

Límites Particulares COVID-EMERGENCIA (sólo productos de emergencia)
Tamaño empresa  y límite de la exención:
Pequeña empresa – Hasta 1.000.000 euros
Mediana empresa – Hasta 2.000.000 euros
MIDCAP – Hasta 6.000.000 euros

Entrada en vigor y duración:
Esta medida se aplicará a los proyectos aprobados a partir del día 14 de marzo de 2020 y estará en vigor hasta el 31 de diciembre (sujeto a disponibilidad de fondos).

Ficha de la medida:
Documento exención de garantías